Teléfono rojo
Sin derecho a la protección de salud
María Guadalupe Vélez Ayala denunció que personal del Hospital de la Madre y el Niño Indígena Guerrerense, ubicado en el municipio de Tlapa, recientemente inaugurado por el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, le negó a su hija recién nacida el servicio de pediatría y leche, además de recibir maltratos por parte de médicos y enfermeras.
La mujer narró que su hija salió sin la vacuna BCG, que les colocan al nacer, aunque en la cartilla aparecía inscrita, contó además,que tuvo dificultades para producir leche materna, ante ello, una de las enfermeras dio la orden a sus colegas para no darle leche a la niña, ya que, aseguraba, esa era obligación de la madre.
Durante el parto, le recetaron un medicamento que no estaba en existencia, por lo que tuvo que costearlo pese a que su precio rebasaba los mil pesos. Además de eso, y a pesar de que contaba con el Seguro Popular, le cobraron por el servicio de parto.
Sin derecho a decidir
El pasado martes 22 de enero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó el caso de la indígena me’paa, Adriana Manzanares Calletano, quien se encontraba presa desde hace siete años en Chilpancingo por el delito de homicidio en grado de parentesco, luego de sufrir un parto prematuro en su vivienda. La resolución final de la Corte, fue la absolución del delito.
Adriana Manzanares, quien ingresó a la cárcel cuando tenía 20 años, es el primer caso de una mujer sentenciada por aborto o delitos conexos que, por las irregularidades que presenta, fue atraído por la Suprema Corte.
El Ministerio Público se basó en una prueba denominada docimasia pulmonar practicada al feto, para acusar a Adriana. Con dicha prueba, las autoridades concluyeron que se trataba de un bebé que había nacido vivo y que había sido asesinado por su madre. Sin embargo, esta prueba no es reconocida como válida para determinar si un bebé nació prematuramente de forma inducida o espontánea.
Adriana, además, no gozó de una adecuada defensa legal cuando, en 2006, fue presentada ante el Ministerio Público, junto con su pareja, debido a que no hablaba español, producto de lo cual, el padre del bebé en gestación sí pudo obtener su libertad, mientras que ella recibió una sentencia de 27 años de prisión, que en apelación posterior logró ser reducida hasta 22 años con seis meses.
La determinación de su libertad inmediata se debió a que fue víctima de un proceso legal viciado, tras el cual fue enviada a prisión sin que se presentaran pruebas fehacientes en su contra.
Esfuerzos en espera de resultados
La situación delas mujeres indígenas las hace doblemente vulnerables a los distintos tipos de violencia. Ellas que son minimizadas por las autoridades encargadas de defenderlas se enfrentan a un doble trauma, el personal ycolectivo, pues padecen una violencia estructural en el interior de sus propias comunidades, producto de la visión patriarcal y machista que prevalece en los pueblos indígenas.
Los datos disponibles no sólo justifican sino que exigen que haya un compromiso para la adopción de medidas concretas. Habría que cuestionar qué hace falta para hacer permanente nuestra mirada hacia ellas y no sólo cuando protagonizan situaciones como las que se han presentado.
Sin embargo, y aun cuando el jefe del Ejecutivo Federal, apenas en diciembre pasado, presentó el proyecto Ciudad Mujer e inauguró el Centro de Justicia para las Mujeres de la Región de la Montaña; además de ordenar la implementación de la línea telefónica “01800 Háblalo” (4225256), que proporciona, de manera confidencial y gratuita, orientación psicológica y asesoría legal a las mujeres en situación de violencias, la condición para las guerrerenses prevalece.
Para nadie son ajenos la pobreza, marginación y analfabetismo en el sureño estado de la República, donde la vulnerabilidad sigue haciéndose presente, y qué decir si se tiene la mala fortuna de nacer mujer, como ocurrió en los cinco casos aquí expuestos.