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CHILPANCINGO, Gro., 7 de agosto de 2014.- Por improcedente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la acción de inconstitucionalidad que promovió un grupo diputados del Congreso de Guerrero en contra de que la figura del diputado migrante entre en funciones en 2018.
El Congreso de Guerrero aprobó la creación del diputado migrante y deberá establecerse a partir de las elecciones locales del 2018, sin embargo, un grupo de diputados recurrió a la justicia federal para que ese punto de la reforma electoral, aprobada a principios de junio pasado, entrara en vigor a partir de los comicios de 2015.
De acuerdo con el resolutivo que emitió la SCJN, “se desecha de plano, por notoria y manifiesta improcedencia la acción de inconstitucionalidad promovida por quienes se ostentan como diputados integrantes de la 60 Legislatura del estado de Guerrero”.
La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por los perredistas Roger Arellano, Oscar Díaz, Alejandro Arcos Catalán, Víctor Salinas, Valentín Rafaela Solís, Amador Campos Aburto y Ricardo Ángel Barrientos; además los panistas Marcos Efrén Parra, Delfina Concepción Oliva Hernández y Jorge Camacho Peñaloza; los priístas Héctor Astudillo Flores, Rodolfo Escobar Ávila, José Luis Ávila López, Verónica Muñoz Parra y Ricardo Taja; los diputados Oliver Quiroz, Emilio Ortega y Evencio Romero, de Movimiento Ciudadano, y Karen Castrejón, del Verde Ecologista.
El diputado Roger Arellano, el día 31 de julio cuando se entregó el documento a la SCJN, afirmó que este recurso tenía todos los requisitos para no ser rechazada por dicha instancia federal.