Se reúne Evelyn con miembros de la Jucopo del Congreso de Guerrero
CHILPANCINGO, Gro., 31 de marzo de 2016.- Diputados de la fracción parlamentaria del partido Movimiento Ciudadano (MC) en el Congreso local, exhortaron al fiscal general del estado Xavier Olea Peláez a que envíe la averiguación previa del caso de Walter Suk a la Procuraduría General de la Republica (PGR) para que se aboque a la investigación y persecución bajo el artículo 209 bis del Código Penal Federal, por el delito de pederastia.
El exhorto fue presentado ante el pleno, por la diputada Magdalena Camacho Díaz y con consentimiento de sus compañeros Ricardo Mejía Berdeja y Silvano Blanco Deaquino, con el fin de evitar que “por una omisión, puede provocar que se quede sin castigo el delito de pederastia que se pudo haberse cometido”.
En agosto de 2010, el delito de pederastia quede tipificado como grave en el Código Penal Federal, y señala que las personas que no lo denuncien o protejan a aquellos que lo cometieran, serán sancionadas penalmente.
Asimismo la fracción parlamentaria de MC, puso a disposición del pleno la consideración de una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicione el capítulo IV, denominado “pederastia”, y que comprenden los artículos 175 bis y 175 ter, recorriéndose el capítulo IV vigente, para constituirse como capítulo V; ambos del título cuarto, denominado “Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad” perteneciente al libro segundo del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero.
Lo anterior, quedaría que para el artículo 175 bis, se considerará –pederastia- “a quien, manipule, amenace, obligue, induzca o convenza a un menor de 18 años de edad, a ejecutar cualquier acto sexual o conducta sexual indebida con o sin su consentimiento y, se aplicará de nueve a 25 años de prisión y de 750 a 2 mil 250 días multa”.
Mientras que para el artículo 175 ter correspondiente a dictámenes, quedará “para efecto de determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad de la víctima, se deberán solicitar los dictámenes necesarios para conocer su afectación. En caso de incumplimiento a la presente disposición por parte del Ministerio Público, éste será sancionado en los términos del presente Código y de la legislación aplicable”, por lo que fue dictado a la Comisión de Justicia del Congreso para su análisis y posteriormente para su discusión y aprobación.