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ACAPULCO, Gro., 4 de diciembre de 2017.- El Congreso de Guerrero aprobó un marco normativo en materia de trasplantes y donación de órganos humanos en el estado.
De acuerdo con un boletín, esto con la finalidad de establecer políticas públicas y mecanismos que permitan la coordinación de acciones entre los tres órdenes de gobierno en materia de trasplantes y donación de órganos humanos.
Actualmente, la Secretaría de Salud en coordinación con autoridades federales realiza la vigilancia epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, así como la investigación, prevención y control de accidentes; pero con la reforma, también será en materia de donación de órganos, tejidos y células con fines de trasplante.
Además establecerá los programas y mecanismos de coordinación con los órganos y dependencias que constituyen el Subsistema Nacional de Donación y Trasplantes; dirigir las políticas de salud relacionadas con la donación de órganos, tejidos y células con fines de trasplante, ejecutando las acciones necesarias a través del Centro de Trasplantes del Estado de Guerrero.
Las reformas y adiciones a la Ley Número 1212 de Salud en el Estado, integra uncapítulo denominado Donación de Órganos, Tejidos y Células con Fines de Trasplantes,en que se estipulan los procesos basados en la Ley General de Salud, las disposiciones reglamentarias y las Normas Oficiales Mexicanas en la materia, así como los lineamientos que emitan organismos internacionales y demás instrumentos jurídicos aplicables.
Con estas modificaciones se estipula que los trasplantes y donación de órganos humanos se regirán por los principios de altruismo, ausencia de lucro, confidencialidad, transparencia, equidad y eficiencia, por lo que su obtención y utilización serán estrictamente gratuitosy los datos personales deberán protegerse.
También, el Centro de Trasplantes del Estado de Guerrero coadyuvará con el Centro Nacional de Trasplantes, presentando periódicamente sus programas de trasplantes e integrando y actualizando la información del Registro Nacional de Trasplantes, en los términos que dispone la Ley General de Salud, y expedirá el documento oficial mediante el que se manifieste el consentimiento de la persona cuya voluntad sea donar sus órganos después de su muerte.