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CIUDAD DE MÉXICO, 22 de marzo de 2018.- Con 53 votos en pro, 15 en contra y una abstención, el Pleno del Senado de la República aprobó cambios a la Ley General de Salud en materia objeción de conciencia, con el que el personal médico y de enfermería podrán negarse a la prestación de servicios y participar en prácticas contrarias a su ética, como el aborto, cuando la vida del paciente no esté en riesgo.
Antes de irse de vacaciones de Semana Santa, en sesión ordinaria de este jueves, los senadores avalaron la minuta remitida al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales, que adiciona el artículo 10 bis a la Ley General de Salud para quedar como sigue:
“El personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley. Cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional.
La nota en Quadratín México.