Quadratín Bajío está de manteles largos
CIUDAD DE MÉXICO. 3 de agosto de 2022.- En sesión pública por videoconferencia, la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) revocó, por mayoría de votos, con el voto en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, dos sentencias de la Sala Regional Especializada, para el efecto de que analice nuevamente si existieron actos anticipados de campaña atribuidos a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, y al secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubon.
Estas decisiones surgieron de las quejas presentadas por el Partido Revolucionario Institucional en contra de la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, así como en contra de Morena, por diversos hechos que, a su consideración, constituían actos anticipados de campaña por parte de ambos funcionarios públicos. Ello, con motivo de su participación en eventos de campaña en favor de las candidaturas de Morena y diversas notas periodísticas en las que se les identificó como probables aspirantes a la Presidencia de la República para el proceso electoral 2023-2024.
En su oportunidad, la Sala Regional Especializada consideró inexistente, en ambos casos, la infracción denunciada, pues estimó esencialmente, que los hechos denunciados no constituyen llamamientos al voto.
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