Teléfono rojo
La cuestión del aborto
Como cada año, este 28 de septiembre se celebra el Día de Acción Global para el acceso al Aborto Legal y Seguro. En las distintas ciudades de México hubo manifestaciones en favor de este derecho de salud para las mujeres y personas con capacidad de gestar.
Las principales consecuencias que las mujeres pueden sufrir al practicarse un aborto ilegal o clandestino es hemorragia obstétrica, así como infecciones cervicovaginales y en el peor de los casos la muerte,
Abortar en México es al mismo tiempo un derecho y un delito que se regula a nivel local, existen ciertas circunstancias, llamadas causales de no punibilidad, bajo las que cada Código Penal no lo castiga o considera delito.
La criminalización del aborto es la materialización de la idea de que la maternidad es la función obligatoria de las mujeres; idea que continúa permeando no solo la cultura, sino todas las instituciones del Estado y que representa una violación a los derechos humanos.
Solo cuatro entidades autorizan el aborto voluntario hasta la semana 12 de gestación. No existe una obligación inmediata de modificar las leyes en el resto de los Estados. La ruta para desterrar la criminalización del aborto se dibuja larga. El fallo de la Corte lo que dice es que la penalización del aborto es anticonstitucional, pero no sale el aborto de los Códigos Penales estatales.
Durante el periodo de 2007 a 2016, se documentaron más de cuatro mil denuncias por el delito de aborto en todo el país, lo que equivale a una diaria. Según el informe basado en solicitudes de información en todos los estados, 228 terminaron en sentencia y 136 en condena de prisión.
En 29 Estados se contemplan penas de cárcel que van de 15 días a 6 años, incluyendo en Ciudad de México, donde se castiga con tres a seis meses la interrupción del embarazo después de la semana 12.
Los procesos penales funcionan como una especie de embudo, el número de denuncias es bastante considerable, pero luego es un número más reducido quienes terminan en prisión.
En 1983, cuando el presidente Miguel de la Madrid y el procurador de Justicia Sergio García Ramírez intentaron reformar la ley de aborto de la Ciudad de México para equipararla a los avances conseguidos desde fines de los 70 en muchos estados de la República, donde el aborto fue despenalizado en casos de malformaciones graves y daño a la salud.
El único Código Penal que no había sido modificado desde 1931 era el de la Ciudad de México. Sin embargo, la Iglesia generó un escándalo y, ante la falta de una respuesta social positiva, la iniciativa gubernamental fue desactivada.
En diciembre de 1990, el Congreso de Chiapas, con mayoría priísta, amplió las razones por las que el aborto no ha de ser punible: si lo solicita una pareja con el fin de planificación familiar, si lo pide una madre soltera o por razones económicas. Además del apoyo de intelectuales y científicos de primer nivel, se produjeron pronunciamientos inesperados a favor de la despenalización, como el del Congreso del Trabajo.
Sin embargo, la Iglesia católica reaccionó con una manifestación de protesta en Tuxtla Gutiérrez, convocada por todas las parroquias de Chiapas y liderada por el obispo Samuel Ruiz, quien presidió la marcha y condenó a las feministas que «promovieron la ley». El Congreso local, finalmente, congeló la nueva iniciativa.
En México hay un millón de abortos anuales realizados con varios métodos desde medicamentos hasta intervenciones quirúrgicas. Un aborto legal es 14 veces más seguro incluso si se hace en casa con tratamiento y la despenalización del aborto ayudaría a bajar la mortalidad hasta en un 60 por ciento.
De acuerdo con datos del Observatorio de Muerte Materna el aborto inseguro se encuentra dentro de las primeras cinco causas de muerte materna.
Además los profesionistas de la salud no cuentan con la habilidad de reconocer signos de violencia física y sexual hacia las mujeres, de manera que sólo dos por ciento son visiblemente identificadas, 48 por ciento si se le busca y el 50 por ciento restante si son evaluadas con estudios psicológicos.
Actualmente, de los 32 estados del país, las entidades que integran la Región Pacífico Sur, no imponen prisión por interrumpir un embarazo.
En Chiapas. El aborto está permitido bajo las causales violación, peligro de muerte y alteraciones graves en el producto.
El 17 de mayo El Estado de Guerrero ha despenalizado el aborto sin límite de tiempo para la mujer que decida interrumpir su embarazo y hasta la semana 12 de gestación para el personal sanitario que lo practique. Se trata de la octava entidad del país en permitir la interrupción voluntaria del embarazo. Las causales son Violación, imprudencial, peligro de muerte, salud, alteraciones graves en el producto e inseminación artificial no consentida.
Michoacán junto con el Estado de México, Jalisco, Veracruz y Baja California como los estados con registro mayor número de defunciones registradas por instituciones del Sector Salud y mantiene como causales violación, imprudencial, peligro de muerte, salud y causas económicas
El 24 de octubre de 2017, el Diario Oficial del Estado de Oaxaca publicó el decreto mediante el cual ese estado se convierte en el segundo del país en garantizar a las mujeres la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.
La idea de que la mujer solo sirve para la parir, es la que se tiene que abortar, diría la abuela.