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CHILPANCINGO, Gro., 25 de marzo de 2014.- La Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG), apelará la resolución 003/SE/21-03-2014 del Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG), la cual invalida la petición de elegir autoridades municipales por el sistema usos y costumbres en el municipio indígena de San Luis Acatlán.
En la segunda sesión extraordinaria del Consejo General del IEEG, realizada el jueves 20 de marzo, se aprobó el dictamen 001/CEPCUC/20-03-2014 y la resolución 003/SE/21-03-2014.
Esta resolución señala la inexistencia histórica de un sistema normativo interno en las comunidades indígenas del municipio de San Luis Acatlán, de acuerdo a los trabajos de verificación de la Comisión Especial de Participación Ciudadana, Usos y Costumbres del IEEG.
De esta manera, el IEEG determinó que en San Luis Acatlán no existe un sistema interno que sirva para regular los actos públicos de organización para la resolución de conflictos, así como para la elección de autoridades municipales por usos y costumbres.
Entrevistado al respecto el dirigente de la UPOEG, Bruno Plácido Valerio dijo que desde meses atrás ya esperaban una respuesta negativa por parte del IEEG para impedir la elección por usos y costumbres, ya que perjudica los intereses de varios actores políticos.
Por ello, anunció que el miércoles 26 de marzo la UPOEG presentará una apelación contra la resolución del IEEG.
En caso de que ésta no prospere, indicó que acudirán a instancias internacionales, de tal manera que se respete el derecho de los pueblos indígenas de elegir su forma de gobierno.
La lucha por elecciones indígenas
El 24 de mayo de 2012 el dirigente de la UPOEG, Bruno Plácido Valerio remitió al Consejo General del IEEG 130 actas que se levantaron en las comunidades de los pueblos originarios de los diferentes municipios de las regiones Costa Chica, Montaña y Centro, mediante las cuales los ciudadanos firmantes manifestaron su deseo de elegir a sus autoridades a través de usos y costumbres.
El 31 de mayo del mismo año, el Consejo General del IEEG emitió respuesta en el expediente IEEG/CG/01/2012, mediante la cual determinó que la solicitud planteada no cumplía con las expectativas señaladas en el marco legal.
Ante la respuesta negativa, el cuatro de junio de 2012 Plácido Valerio presentó un escrito de demanda de juicio ciudadano, ante la Secretaría General del IEEG.
El nueve de junio de 2012, el secretario general del IEEG remitió a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la demanda de juicio ciudadano.
El 13 de marzo de 2013, la Sala Superior del TEPJF resolvió el juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, fallo identificado con la clave SUP-JDC-1740/2012.
Con el fallo del TEPJF, se aprobó la ampliación del pazo para culminar las actividades que comprende la etapa de medidas preparatorias, para la elección por usos y costumbres en el municipio indígena de San Luis Acatlán y se determinó que sus ciudadanos tienen derecho a solicitar la elección de sus propias autoridades, siguiendo para ello sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, con pleno respeto a los derechos humanos.
Sin embargo, el jueves 20 de marzo de 2014 el Consejo General del IEEG dictaminó la inexistencia histórica de un sistema indígena normativo válido en San Aluis Acatlán, por lo que no se pueden regular los actos públicos de organización para la resolución de sus conflictos ni para la elección de sus autoridades municipales.