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MÉXICO, D.F., 10 de septiembre de 2014.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron ratificar que el Congreso de la Unión es el único facultado para legislar en materia de coaliciones electorales, al validar la reforma a la Constitución del estado de Guerrero, la cual niega a los partidos de nuevo registro, la posibilidad de participar en coalición con otros institutos políticos en su primera participación en los comicios.
El pleno de la SCJN quedó a un voto de invalidar una parte del artículo 35, primer párrafo, numeral seis de la constitución de dicha entidad, a efecto de que no quedaran dudas que es facultad exclusiva del Congreso de la Unión legislar en materia de coaliciones, publica LA JORNADA.
Por su parte, el ministro Sergio Valls votó en contra de la postura mayoritaria y la constitución guerrerense quedó en sus términos.
Lo anterior, pese a la advertencia del ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán en el sentido de que al no precisarse en la sentencia que los estados no están facultados para legislar en materia de elecciones, “se corre el riesgo” de que aquéllos que no conozcan a fondo la decisión de la presente acción de inconstitucionalidad, pudiera interpretarse que las coaliciones sí están permitidas.