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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de mayo de 2016.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a Pemex Transformación Industrial, antes Pemex Refinación, dar a conocer el estudio elaborado por la Universidad Autónoma de Nuevo León sobre los daños ocasionados por el derrame de petróleo en el río San Juan, en agosto de 2014, a causa de una toma clandestina en el oleoducto Madero–Cadereyta, ubicado en Cadereyta, Nuevo León, informó el INAI a través de un comunicado.
Al presentar el caso ante el Pleno, el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas sostuvo que no se puede negar el acceso al estudio, porque fue elaborado con recursos públicos y no constituye una actuación susceptible de clasificación, como lo afirma Pemex Transformación Industrial.
“Es un estudio que se tuvo que hacer, pero desde una perspectiva administrativa, para poder vislumbrar los efectos de este accidente, que causó un agravio al medio ambiente del sitio”, sostuvo.
El particular que solicitó la información se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, luego que Pemex Transformación Industrial reservó la información, bajo el argumento de que forma parte de expedientes en litigio pendientes de resolución.
Ya en la etapa de alegatos, Pemex reiteró la reserva de la información; asimismo, tras un requerimiento de información y de la celebración de una audiencia para acceder a la información clasificada, el sujeto obligado precisó que se presentaron tres reclamaciones patrimoniales del estado, las cuales dieron origen a tres juicios contenciosos administrativos federales, en los que se pretendía utilizar el estudio y, por tal razón, no podía proporcionarlo.
Posteriormente, en un alcance, señaló que la difusión de la información podía comprometer la seguridad nacional, puesto que dentro del Estudio en cuestión, se revela la ubicación exacta del oleoducto y con ello se podrían abrir otras tomas clandestinas, las cuales generarían un daño patrimonial a Pemex Transformación Industrial.
Dentro del análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, se determinó que el estudio de caracterización requerido no revela las acciones y/o decisiones que serán implementadas en los juicios en curso; se trata de documentación generada con motivo del derrame.
Tampoco puede menoscabar las estrategias procesales del sujeto obligado, toda vez que el suceso, por sí mismo, no desvirtúa la línea argumentativa de defensa de Pemex Transformación Industrial, ni descalifica, jurídicamente, sus pruebas.
En ese sentido, se concluyó que la información requerida es de carácter público porque se relaciona directamente con daños graves al medio ambiente, ocasionados por el derrame de hidrocarburo de un oleoducto del sujeto obligado.
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