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MÉXICO, DF, 20 de junio de 2015.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que existieron conductas de bullying en el caso de la denuncia de una madre en contra de la profesora de su hijo.
La madre de un menor demandó reparación económica del centro escolar en el que estudiaba su hijo por el acoso que sufrió. El juez de primera instancia resolvió no condenar a los demandados, por lo que la madre promovió un amparo que fue atraído para su resolución por la Primera Sala.
Según un comunicado, el bullying, además de violar los derechos del niño a la dignidad, integridad y educación, también puede constituir un tipo de discriminación. El caso inició cuando la madre de un menor demandó una reparación económica del centro escolar en el que estudiaba su hijo, por el acoso que éste había sufrido.
A partir del análisis de diversas evaluaciones, pruebas, testimonios y de la opinión del niño, la Suprema Corte determinó que sí existieron conductas de bullying por parte de la profesora, y que el niño estudiaba en un ambiente hostil para él, ya que la escuela no tomó ninguna medida para prevenir o combatir el hostigamiento.
La Primera Sala determinó que el bullying también puede constituir un tipo de discriminación, pues el niño tiene trastorno de déficit de atención con hiperactividad.
Con información de Quadratín México