
Caen 2 hombres por privar de la libertad a una persona en Chilpancingo
ACAPULCO, Gro., 24 de marzo de 2017.- Dañar piezas históricas como la placa de cantera del siglo XVIII que el Ayuntamiento del puerto cinceló y cubrió de cemento y granito en el monumento de la Plazoleta Morelos, está penado con 10 años de prisión y multa hasta por el valor del daño causado.
Así lo establece el artículo 52 de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
En su artículo 36 considera monumentos históricos a los bienes muebles (que pueden trasladarse de un lugar a otro) que datan de los siglos XVI al XIX, como es el caso de la placa que indicaba el camino al Fuerte de San Diego en la época colonial.
Sin embargo, la pena corporal y económica a quien por cualquier medio dañe, altere o destruya ese tipo de monumentos puede reducirse hasta una cuarta parte en caso que se considere que no se actuó de manera intencional, según el capítulo aplicación de sanciones a delitos culposos del Código Penal Federal al que remite la Ley.
En el caso de la sanción penal significa que el castigo disminuye de 10 años a 3 meses de prisión.