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ACAPULCO, Gro., 08 de mayo de 2025.- Para que los jueces penales tengan la facultad de ordenar la inscripción de los deudores de alimentos en el Padrón de Deudores Alimentarios, como ya lo
prevé el Código Civil, y que esto también se aplique en los procesos penales por el delito de incumplimiento de la obligación, la diputada Luissana Ramos Pineda, propone adiciones al Código Penal del Estado de Guerrero.
De acuerdo a un boletín, en la iniciativa, que analiza la Comisión de Justicia, la legisladora expone que la obligación alimentaria es una de las principales responsabilidades familiares y que deben cubrir las necesidades esenciales para la vida, alimentación, vivienda, vestido, educación, salud, esparcimiento y cultura.
Mencionó que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia y según el nuevo Registro Nacional de Deudores
Alimentarios, en México siete de cada diez padres no cumplen con sus obligaciones alimentarias.
Dijo que cada día que se posterga el incumplimiento de esta obligación es un día en que estos derechos se vulneran, por eso, al dotar de facultades a los jueces de control y enjuiciamiento para ordenar el ingreso al Padrón de Deudores Alimentarios no es un acto punitivo sin sentido, es un acto de protección hacia todos los acreedores alimentarios.
La diputada recordó que el marco legal actual permite que quien incumple con su obligación alimentaria pueda mantenerse fuera de este registro durante un plazo de 30 días, lo que en muchos casos prolonga el sufrimiento de niñas, niños y adolescentes.
Pero esta reforma implica la necesidad judicial de generar acciones de protección especial a los acreedores alimentarios, porque estos casos a veces se convierten en lo que se considera violencia económica, y en muchos casos violencia vicaria, por lo que es necesario su erradicación.
Por estas razones, Ramos Pineda propuso la modificación al delito del Incumplimiento de la Obligación alimentaria, previsto en el artículo 205del Código Penal del Estado de Guerrero, facultando a los Jueces de control y enjuiciamiento Penal para que ordenen que los deudores Alimentarios que deban más de 30 días de pensión alimenticia, sean Inscritos al Registro Estatal de deudores Alimentarios Morosos
(REDAM), endureciendo las penas y garantizando una eficaz medida para el cumplimiento del pago de los alimentos a las niñas, niños, adolescentes y mujeres, quienes son el sector más vulnerable de este
delito.
La diputada Marisol Bazán Fernández se adhirió a la iniciativa. Fue turnada a la Comisión de Justicia.