Respaldan diputadas liderazgo de Esteban Bautista en Congreso de Veracruz
CIUDAD DE MÉXICO, 24 de abril de 2019.- En la sesión de este miércoles, la Mesa Directiva declaró publicidad al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales que reforma al artículo 108 y 111 de la Constitución en materia de fuero, donde se establece que el Presidente de la República no solo podrá ser procesado penalmente por traición a la Patria, sino también por hechos de corrupción y delitos electorales.
Así como también por los delitos señalados en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional, que son: delincuencia organizada; homicidio doloso; violación; secuestro; trata de personas; los cometidos con medios violentos como, armas y explosivos; y los graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
El dictamen señala que en todos los casos se acataría lo dispuesto en el artículo 111 constitucional, que establece que para proceder penalmente contra el Presidente sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110, referente al juicio político, y en este caso la Cámara alta resolverá con base en la legislación penal aplicable.