Saldos de los destapes
Las audiencias son personas, son sujetos y tienen derechos de estar informados con verdades.
Los avances tecnológicos reflejados en herramientas que han facilitado el acceso a todo tipo de información, incluyendo el periodismo tiene sus contrastes y sus matices. No todo es blanco o negro.
Podemos apreciarlo en el uso de los telé fono celularres que ahora no solo sirven para acortar distancias en la comunicación sinoe que también cuentan con más herramientas muy útiles para la labor periodistica que no siempre se realiza con el principio de la verdad, la ética y el respeto a las audiencias.
En la actualidad vemos como cualquiera que tenga un smartphone hace fotografías, videos, transmite en vivo diversos hechos que permite a los destinatarios, las audiencias contar con mayor información aunque esta no siempre esté sustentada en criterios periodisticos como la veracidad, la objetividad, la imparcialidad ni un tratamiento periodisticos. Es tan solo información en sí misma y corre el riesgo de desinformar.
El tema de la protección de las audiencias no es nuevo. Ya se realiza en varios países de Europa y en los Estados Unidos, con matices e incertidumbres.
En México se esta trabajando en ello y está contemplada como un derecho legalizado.
Quienes son adoradores de las mentiras, del amarillismo, de la noticia como espectáculo señalan que el derecho de las audiencias establecido en la Constitución es Censura. Y para estos personajes la censura es no poder decir, publicar en los medios de comunicación lo que quieran aunque sean mentiras.
El tema se ha difundido, pero aun quedan dudas para algunas personas. De los que se trata es que las empresas dedicadas a difundir información noticiosa cuenten con un código de ética, difundido ampliamente, para que las audiencias conozcan la seriedad y responsabilidad de quienes publican la información. Se menciona que dichas empresas deberán contar con un defensor de las audiencias, propuesto por la empresa, y los mecanismos para que quien se sienta afectado pueda solicitar que sea atendida su queja por alguna información difundida sin sustento con intereses de otro tipo. Se establece que cuando lo que se publica sea opinión o publicidad, así se diga. Lo cual en la mayoría de los medios serios, éticos y responsables lo hacen y han hecho desde hace tiempo. La opinión queda claro que es un derecho al libre pensamiento y libre expresión, como dijera Voltaire.
Los artículos 6 y 7 constitucionales estan protegidos en lo que se refiere al derecho a la información, la libertad de expresión así como la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas.
Estos derechos, el de la libertad de expresión de los periodistas y de los medios así como el de la sociedad, las audiencias, de recibir información, plural y veraz, deben coexistir y no excluirse.