Senado aprueba sin cambios Ley de Ingresos; sólo ISR queda pendiente
PUEBLA, Pue., 12 de mayo de 2026.- Aunque los embargos por adeudos de impuesto predial superiores a diez años son una medida legal contemplada en la legislación mexicana, los ciudadanos cuentan con mecanismos de defensa para evitar abusos o irregularidades en estos procesos, advirtió la académica de la Universidad Iberoamericana Puebla y especialista en Derecho, Ana María Estela Ramírez Santibáñez.
La experta explicó que el Ayuntamiento de Puebla puede proceder legalmente contra deudores históricos, incluso mediante embargo y eventual remate de inmuebles, siempre que se respeten los requisitos del debido proceso, como la determinación precisa del crédito fiscal, la notificación oficial del adeudo, el requerimiento formal de pago y el otorgamiento de un plazo legal antes de ejecutar cualquier acción.
Ramírez Santibáñez señaló que, si la autoridad incumple alguno de estos pasos o realiza embargos desproporcionados, los ciudadanos pueden recurrir a la vía administrativa mediante un recurso de revocación o acudir a la vía jurisdiccional a través de un juicio contencioso administrativo. Además, recordó que el juicio de amparo procede cuando no existe notificación previa, se vulnera el derecho de propiedad o se afectan bienes inembargables, como el patrimonio familiar o bienes de la sociedad conyugal.
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