Decepciona fin de semana largo a restauranteros de Zihuatanejo
CIUDAD DE MÉXICO, 19 de diciembre de 2019.- El Gobierno federal, por medio de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), recuerda que es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores antes del viernes 20 de diciembre de 2019, de conformidad con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Muchas empresas pudieran caer en delito en caso de no cumplir con esta Ley.
Carolina Ortiz Porras, titular de la Profedet, dijo que trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, contratados por tiempo determinado o eventual, tienen derecho al pago de aguinaldo independientemente de haber laborado el año completo o de manera parcial.
Explicó que los empleados con un año o más de antigüedad deberán recibir mínimo 15 días de salario como pago de aguinaldo siempre y cuando no esté acordado otro monto en sus contratos; mientras que quienes tienen menos tiempo trabajando en una empresa o dieron por concluida la relación deberán recibir la parte proporcional al tiempo laborado.
Ortiz Porras refirió que México es uno de los pocos países en el mundo que reconoce el aguinaldo como un derecho plasmado en la Ley Federal del Trabajo, y aseguró que es totalmente independiente de los ingresos que mantuvo la empresa durante el año.
La Procuradora detalló que, con fundamento al artículo 1002 de la Nueva Ley Federal del Trabajo, en caso de incumplimiento del pago, en forma completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa que va 50 a 5000 veces la Unidad de Medida Actualizada, lo que equivale a 4 mil 224.50 hasta 422 mil 450 pesos.
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