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ACAPULCO, Gro., 9 de septiembre de 2021.- Mayra Abigail Guerrero Mondragón tenía 20 años y estudiaba el primer año de la licenciatura en derecho cuando fue golpeada, agredida sexualmente y estrangulada hasta la muerte. Su cuerpo fue encontrado semidesnudo el 11 de diciembre de 2016 en un lote baldío cerca de su casa, en una zona semirural de la alcaldía Tlalpan, en la Ciudad de México.
Casi cuatro años después, y gracias en parte a que los familiares de la víctima recibieron el acompañamiento legal del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), el agresor, Juan Velázquez Clemente, fue sentenciado a 45 años de prisión por feminicidio agravado.
Sólo uno de cada dos feminicidios en México son esclarecidos, de acuerdo con el informe Impunidad en homicidio doloso y feminicidio. Reporte 2020, realizado por la organización Impunidad Cero. Sin embargo, hay que tomar en cuenta que hay gran subregistro de feminicidios, pues sólo 26.4 por ciento de las muertes violentas de mujeres son tipificadas e investigadas como feminicidios. El resto se clasifican como homicidios dolosos, y estos son delitos que quedan impunes en 90 por ciento de las ocasiones, según el mismo documento.
El caso de Mayra Abigail “se puede considerar un caso exitoso pero detrás de él estuvo toda nuestra fuerza”, comenta en entrevista Ana Yeli Pérez Garrido, directora de JPP y asesora jurídica del OCNF. También aclara que no estuvo exento de irregularidades graves en las primeras etapas de la investigación, como la filtración de fotografías de la víctima a la nota roja o la pérdida de evidencias que fueron vistas en el lugar de los hechos por la tía de la víctima. Para ella, este tipo de fallas de origen en las autoridades responsables de las investigaciones se encuentran en todos y cada uno de los casos de feminicidio que acompaña el OCNF.
Resolver este caso de feminicidio, además, era prioritario para el Gobierno de la Ciudad de México, ya que era uno de los 15 que integraban la carpeta de solicitud para la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) de 2017.
De acuerdo con la abogada, este hecho mejoró la investigación, la cual se agotó con pruebas científicas hasta otorgar certeza a los familiares. “Se encontró evidencia biológica y se determinó que correspondía al ADN del hombre que fue la última persona que estuvo con ella”, explica. También se hizo un peritaje en antropología “muy bueno” por parte de la Procuraduría, para lo cual se contrató a una especialista en la materia.
“El peritaje nos sorprendió en su análisis y sus conclusiones, ayudó a fortalecer las razones de género y evidenció el impacto comunitario de la exposición del cuerpo en un lugar público”, continúa la asesora jurídica. “Estos peritajes sociales casi nunca se utilizan. Es una buena práctica que se puede rescatar y que hemos promovido desde el observatorio”.
En el documento de la sentencia, facilitado por el OCNF, consta que en la investigación para esclarecer el feminicidio de Abigail colaboraron cuatro policías de investigación, tres peritos en criminalística, un perito médico forense, dos peritos en fotografía, un perito en cerrajería, un perito en genética forense, un perito médico legista, una perita en antropología, una perita en sociología, dos peritas en química, una perita en medicina, una perita en psicología, una perita en trabajo social y un perito valuador.
No obstante, la participación de una veintena de expertos como la anterior no suele ser la regla en la mayoría de las investigaciones por feminicidio realizadas en México.
El Ministerio Público, la criminología de campo y la medicina forense
Gabriela Amores es una abogada litigante feminista y fundadora de la asociación Unión Nacional de Abogadas. Desde hace más de 10 años se dedica a acompañar en los juicios a mujeres que sufren violencia extrema o a sus familiares, principalmente en la capital del país y el Estado de México. En su experiencia, hay diferencias importantes entre las fiscalías de ambas entidades, pues en territorio mexiquense “no hay suficiente personal para el número de casos que se registran, a diferencia de la CDMX, donde hay un perito para cada necesidad”.
Aún así, hay tres claves que no pueden faltar en cada una de las investigaciones por feminicidio: el Ministerio Público (MP), los criminólogos y los médicos forenses. “El Ministerio Público tiene que liderar la investigación con sus policías y peritos”, explica la abogada, en alusión al artículo 21 de la Constitución mexicana. Ella agrega que la tarea de este organismo es fundamental, ya que “lo que hagan los criminalistas y los médicos forenses siempre es a petición del MP”.
Sin embargo, añade que también puede suceder que las peticiones estén bien realizadas por el MP, pero no se realicen o se hagan de manera incorrecta por negligencias de peritos en criminalística o medicina forense.
En esto coincide Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del ONCF: “No es por exonerar al Ministerio Público de su responsabilidad, pero finalmente ellos tienen en sus manos los resultados de otros intervinientes. En muchos casos, los peritajes son muy deficientes; tienen omisiones o negligencias graves que además son muy difíciles de cambiar, porque no es fácil cambiar la opinión de un perito”.
Toda investigación de homicidio o feminicidio inicia con una denuncia, aunque sea anónima, en la que se notifica que hay una persona muerta, continúa Amores. El policía o los policías que llegan al lugar del hallazgo son los primeros respondientes y tienen la obligación de acordonar la zona y dar registro al agente del MP en turno. Ahí comienza la diligencia, lo que implica que el MP tiene que enviar personal de criminalística y medicina forense a examinar el sitio.
El equipo de criminalistas debe dar inspección total al lugar y analizar cómo se encuentra el cadáver. “Es la prueba idónea y pertinente para esclarecer cómo fueron los hechos”, señala Amores, quien detalla los deberes de los criminólogos de campo: son los únicos que pueden entrar al sitio previamente acordonado para analizar visualmente los indicios y registrar todo con fotografías; ver si hay sangre o algún tipo de arma, ver cómo está colocado el cuerpo, cómo es el lugar donde se encuentra, cómo está la ropa de la víctima, y si hay señas de mutilaciones o lesiones graves y/o de violencia sexual.
De acuerdo con la abogada Gabriela Amores, en los casos de muertes violentas de mujeres que se comienzan a investigar como homicidios o suicidios, se dejan de realizar diligencias con perspectiva de género que sí se llevarían a cabo si se abre la carpeta por feminicidio. Ejemplos de estas diligencias son la búsqueda de indicios de violencia sexual o antecedentes de violencia familiar, dos de las siete causales de género a nivel nacional, las cuales pueden ayudar a dar con el responsable o evitar otros feminicidios.
Finalmente, los médicos legales son los encargados de recoger el cuerpo para llevarlo al lugar donde será intervenido, en la sede local de los Servicios Médicos Forenses (Semefo). Algunas acciones que deben hacer por protocolo son raspado de uñas (para buscar la presencia de material genético de otra persona), exudado vaginal y anal, análisis bucal y de fosas nasales para determinar si hay rastros de sustancias, toma de muestra de sangre, saber si la mujer estaba o no embarazada, entre otras. Los médicos forenses se apoyan en los peritos en química forense, encargados de analizar las muestras.
El MP recoge las diligencias de inicio y las manda a la mesa de investigación, donde se va a ampliar la misma para saber más sobre la víctima y el presunto responsable, en caso de que se le haya localizado. De ser así, se emite una orden de aprehensión.
Los peritajes sociales –que pueden ser antropológicos, sociológicos, psicosociales o de trabajo social– son un estándar en la investigación de feminicidios, agrega Ana Yeli Pérez Garrido, y sin embargo, son poco utilizados en México. “Casi ninguna fiscalía tiene personal pericial para hacerlos, y de hecho es una de las estrategias que hemos promovido desde el ONCF, porque sirven para acreditar las razones de género”, afirma. Lo que hacen estos análisis, de acuerdo con la experta, es analizar la historia individual y familiar de la víctima y/o del agresor, explorar temas económicos, documentar los impactos familiares y comunitarios del feminicidio, todo lo cual ayuda a establecer los contextos de violencia y resolver los temas de reparación del daño.
De acuerdo con los lineamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), desde los primeros respondientes hasta los jueces involucrados en la resolución de un feminicidio deben hacer su trabajo con perspectiva de género. Por ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó, en noviembre de 2020, la segunda edición del Protocolo para juzgar con perspectiva de género, un documento dirigido a todos los profesionales del poder judicial, y en específico a los responsables de la impartición de justicia.
Como señala el Informe Implementación del Tipo Penal del Feminicidio en México: Desafíos para acreditar las razones de género 2014-2017, elaborado por el OCNF y en el que partició Pérez Garrido, es de suma importancia “que todas las autoridades intervinientes en la investigación cuenten con perspectiva de género y tengan conocimientos de los diversos contextos de discriminación y violencia contra las mujeres, para poder tener así la capacidad de llevar a cabo interpretaciones adecuadas y libres de estereotipos, que permitan acreditar el feminicidio y llegar a la sanción de los responsables”.