Aprueba Congreso de Guerrero primer paquete de leyes de ingresos
CHILPANCINGO, Gro., 6 de junio de 2018.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó aclarar al Congreso del Estado la sentencia emitida el 24 de mayo en la que se ordena reincorporar al cargo de presidente municipal de Chilpancingo a Marco Antonio Leyva Mena, al considerar claros los efectos de la sentencia que, reitera, debía ser inmediata dentro de los cinco días hábiles posteriores.
Este miércoles el presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso local, Héctor Vicario Castrejón aseguró que habían recibido la respuesta que solicitaron el miércoles pasado, sin embargo, en el Incidente de Aclaración de Sentencia SCM-JDC-370/2018, se acordó, como único punto que “no ha lugar a aclarar la sentencia emitida por esta Sala Regional”.
De acuerdo con el documento, el Congreso solicitó aclarar el sentido de la palabra “pronunciamiento” porque a su juicio era ambigua, confusa y oscura porque éste expide leyes, decretos y acuerdos, pero no pronunciamientos.
Al respecto, el TEPJF precisó que no resulta atendible la solicitud del Congreso pues al dejar sin efecto el Decreto 721 y ordenar emitir el pronunciamiento correspondiente “resulta evidente que el Congreso local se encuentra obligado a reincorporar al actor al cargo de presidente municipal a través del instrumento que sea idóneo y de acuerdo a las atribuciones conferidas por su normativa”.
El Congreso también solicitó aclarar la vinculación que se le hace en el punto “para vigilar y garantizar el cumplimiento de la sentencia”, ya que consideró que la redacción es ambigua y se presta a confusión porque no precisa cuáles son los actos específicos ni las medidas necesarias para cumplir con lo ordenado.
Al respecto, el Tribunal aduce que es claro que en la sentencia quedó establecido que al ser su facultad la reincorporación implica que “debe realizar, de conformidad con sus atribuciones legales, las acciones que estime convenientes y necesarias para que el actor pueda desempeñar sus funciones en las condiciones que señala la ley”.
En su fundamentación la Sala precisa que tiene atribuciones para resolver los medios de impugnación, que incluye las aclaraciones, sin que ello signifique una modificación sustancial de la resolución.
En el archivo se ordena notificar al Congreso y a las demás personas interesadas, y en su oportunidad archivar el asunto como definitivamente concluido.