Lo condenan por privación de libertad de exdiputado en Chilpancingo
CIUDAD DE MÉXICO, 19 de agosto de 2018.- La Procuraduría General de la República (PGR) debe buscar y, en su caso, dar a conocer los informes sobre investigaciones del homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta, generados durante la gestión del procurador Diego Valadés Ríos, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
De acuerdo a un comunicado, al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Carlos Bonnin Erales afirmó que saber la verdad es un derecho imprescriptible e irrenunciable no solamente de las víctimas y sus familiares, sino también de la sociedad, expresó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, definió el derecho a la verdad como un derecho de carácter colectivo que permita a la sociedad acceder a información esencial para el desarrollo de los sistemas democráticos.
“Como sociedad democrática contar con la información pública es indispensable, para participar con conciencia de causa, para realizar un escrutinio público de la narrativa oficial y para generar una memoria colectiva basada en hechos y razonamientos expresados bajo el valor de la verdad”, subrayó Bonnin Erales.
La PGR proporcionó al particular las ligas electrónicas del Informe de la investigación del homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta.
Inconforme con la respuesta, el ahora recurrente, interpuso un recurso de revisión ante el Inai, en el que manifestó que la información entregada no correspondía con lo requerido.
En alegatos, el sujeto obligado remitió al particular un alcance a la respuesta inicial, mediante el cual señaló que la averiguación previa del homicidio no contiene ningún informe del procurador en funciones.
Dicha inexistencia fue confirmada por su Comité de Transparencia. La ponencia del comisionado Bonnin Erales advirtió que el sujeto obligado únicamente realizó la búsqueda en el expediente de la averiguación previa del caso y bajo el criterio restrictivo de informes rendidos por el entonces procurador y no así de aquellos generados bajo su gestión, que es la pretensión del particular, por lo que no se tiene certeza de que se haya realizado una búsqueda exhaustiva.
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