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CHILPANCINGO, Gro., 2 de junio de 2016.- El nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio viene a cambiar al sistema tradicional inquisitivo o mixto en todos los distritos judiciales del estado, ya que este sistema de justicia permite juicios orales, apelar la sentencia del Tribunal, recurrir a otros medios de impugnación, así como la revisión y revocación del caso.
Lo anterior, luego de que ayer miércoles entró en vigor, y en el cual, según el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), es un cambio estructural en la procuración de justicia, donde los jueces actúan a la vista de todas las personas que acudan a las salas de audiencias.
Este nuevo sistema, se establece a partir de la Reforma Constitucional al Sistema de Justicia Penal que obligó a las entidades federativas y a la propia Federación, realizar reformas necesarias para aplicar este nuevo sistema acusatorio.
De acuerdo con la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (Setec), el sistema penal empieza con la etapa de investigación inicial, donde se levanta una denuncia o querella y el Ministerio Público (MP) abre una carpeta de investigación y recaban pruebas necesarias dependiendo del delito.
Esta etapa se sigue ante un juez de control o garantía, quien vigilará que se respeten los derechos humanos de las víctimas e imputados, autorizará medidas cautelares y dictará la vinculación al proceso penal.
La etapa intermedia, se sigue ante el mismo juez de control o garantía. Aquí el MP solicita la apertura del juicio, las partes pueden solicitar la utilización de medios alternos para la solución de conflictos.
La víctima y el imputado presentan sus pruebas y el juez determinará si las pruebas presentadas cumplen con la legalidad para ser desahogadas en el juicio oral; en esta etapa el juez de control determinará si hay fundamentos para aceptar la apertura del juicio y en su caso turna el asunto al juicio oral.
La etapa de juicio oral, podría considerarse la fase novedosa, pues aquí es donde tres jueces actúan y se encargan de conocer los hechos, las pruebas y alegatos emitidos por las partes, así como dictar la resolución e imponer una pena.
En esta etapa abarca el desahogo de pruebas, la exposición de alegatos, lectura de la sentencia, y la explicación del Tribunal sobre el porqué se llegó a esta etapa de sentencia y audiencia de individuación de la pena.
En la etapa de juicio oral es donde se instalarán las salas de manera colegiada, las cuales deben tener espacios para tres jueces, magistrados, área para la Fiscalía, auxiliar de la Fiscalía, el asesor jurídico de la víctima, la víctima así como espacio del inculpado y su defensor además del perito traductor y espacio de al menos 20 asientos para la asistencia del público, para presenciar el desarrollo de la diligencia.
En esta misma etapa, se planea la utilización de bienes tecnológicos, donde la sala de juicio oral debe tener por lo menos cinco cámaras de video para enfocar a la Fiscalía, a la víctima, al inculpado y a su defensor.
Las salas contarán con un sistema de reproducción de acetatos o reproductor de imágenes que ocuparán los peritos y estarán ligados a un sistema denominado Centro de Administración y Control de las Audiencias, que formará parte de la carpeta de investigación.
La etapa de seguimiento de la sentencia, es la etapa que se emite ante un juez de vigilancia o ejecución de sentencia. Aquí se revisa la aplicación de sentencia y se resuelven las peticiones de reducción de penas y también se pide garantizar los derechos de los reos.
Esta etapa abarca la audiencia de ejecución de la sentencia, seguimiento del sentenciado en el centro penitenciario, otorgamiento de beneficios en la reducción de sentencias, liberaciones anticipadas, o los traslados a otros centros penitenciarios.