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CHILPANCINGO, 11 de marzo de 2026.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Secretaría de Marina (Semar) y a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para reparar el daño a una persona detenida y golpeada en 2011 en el municipio de La Unión.
Este miércoles, la Comisión publicó el documento en su cuenta oficial, en el que detalló que en la comunidad de Petacalco de ese municipio de la región Costa Grande del estado, una persona fue presuntamente agredida por integrantes de ambas instituciones el 18 de agosto de ese año, por lo que exigieron que se le brinde atención médica y psicológica de manera inmediata.
En el mismo texto la CNDH consideró que la persona detenida fue víctima de actos de tortura luego de que, en febrero de 2025, la misma Comisión recibió la vista de un Juzgado de Distrito sobre las posibles violaciones a derechos humanos que sufrió la víctima.
En la investigación del organismo se constató que el día de la detención, la víctima se encontraba en compañía de otra persona, cuando llegaron integrantes de ambas instituciones, se dirigieron a ella y comenzaron a golpearla y posteriormente, la subieron a una camioneta gris, donde fue trasladada a un cuartel de la Marina en el municipio de Lázaro Cárdenas del vecino estado de Michoacán, donde ahí supuestamente continuaron las agresiones y ya después, la persona fue presentada en un Ministerio Publico un día después de su captura.
En el documento se dio a conocer que en el análisis del dictamen psicológico de la víctima emitido por la entonces Procuraduría General de la República (PGR), ahora Fiscalía General de la República (FGR), estableció diversas afectaciones psicológicas y lesiones determinando que existe correlación entre las lesiones que presentó y el origen que la víctima atribuyó.
La CNDH acreditó que se cometieron “violaciones graves a derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por actos de tortura en contra de la víctima”.
Además, aseguró que ambas instituciones de seguridad tendrán que determinar la manera de instruir a los uniformados en actividades operativas en el lugar de los hechos, con la finalidad de “cumplir con las obligaciones de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno”.