Acuerdan Beatriz Mojica y Rogelio Ortega unidad de Morena en Guerrero
MORELIA, Mich. 14 de octubre de 2025.- Individuos responsables de delitos cometidos en contra de los animales, especialmente aquellos que involucran crueldad, intencionalidad y la muerte o daños permanentes para la víctima, no son sancionados con severidad ni reciben pena de prisión, debido a que las leyes vigentes prevén un máximo de cuatro años de reclusión en estos casos, advirtió Minerva Bautista Gómez, directora del Instituto Municipal de Protección Animal (Impa).
En entrevista, Minerva Bautista mencionó que, por más crueles, más evidente que resulte la intención de causar daño y más graves que sean sus consecuencias, los delitos en contra de los animales no son considerados como graves y tienen penas de prisión de un máximo de cuatro años, lo que hace que los individuos sentenciados puedan acceder a la suspensión de las penas corporales.
Si ya es mínima la proporción de casos conocidos por las autoridades que son judicializados, apenas en un caso en Michoacán se ha aplicado la pena de prisión a un responsable por la comisión de delitos en contra de los animales, que abarcan desde negligencia hasta crueldad extrema.
Bautista Gómez mencionó que es urgente que los legisladores federales emitan la ley general de bienestar animal, luego que la reforma en la materia se efectuó en diciembre pasado y el plazo de hasta 180 días para definir la normatividad ya está vencido.
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