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Exigen en Edomex justicia para Héctor, veterinario asesinado
CIUDAD DE MÉXICO, 16 de abril de 2021.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión remota de la Primera Sala, revisará un amparo directo cuya resolución permitirá fijar criterios en relación con el interés superior de la infancia y el derecho fundamental de los niños, niñas y adolescentes a las visitas y convivencias con sus progenitores, cuando éstos tienen distinto lugar de residencia, dificultando la convivencia con regularidad.
El caso emana de una sentencia de divorcio en la que el Juez Familiar concedió al padre, residente en Querétaro, la guarda y custodia de dos de sus hijos menores de edad, y a la madre, residente en Baja California, la de un tercer hijo, también menor de edad, y pospuso para la ejecución de dicha sentencia, la definición de los términos en que se desarrollarán las visitas y convivencias.
El padre promovió un amparo directo cuyo fallo le negó la protección constitucional y declaró legal la resolución, por lo que interpuso un recurso de revisión en el que alegó que la decisión del juez afecta el derecho de los menores a convivir con sus hermanos y sus progenitores.
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