Victorias pírricas
Con gran facilidad se accede a internet: abrir una cuenta en TikTok, Instagram o YouTube requiere apenas 45 segundos. Basta con registrar una fecha de nacimiento falsa en el formulario para que un niño de diez años ingrese a un catálogo infinito de contenidos, que abarca desde tutoriales escolares hasta retos virales, violencia, desinformación y acoso.
Durante más de una década, la regla no escrita de la red consistió en asumir que la vulneración de edad por parte de los menores era una simple travesura y que la supervisión debía recaer únicamente en las familias. Mientras tanto, las grandes tecnológicas diseñaron algoritmos adictivos para mantenerlos cautivos la mayor cantidad de tiempo posible, multiplicando sus factores de riesgo.
Para frenar esta inercia y garantizar un entorno digital seguro, en días pasados la presidenta Claudia Sheinbaum firmó el Decreto de Entornos Digitales Seguros para Niñas, Niños y Adolescentes, que se fundamenta en el Artículo 101 Bis 3 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Este marco normativo busca establecer una estricta corresponsabilidad con las empresas tecnológicas, obligándolas a restringir, desde el diseño, la exposición a discursos de odio, extremismo, cibercrimen, acoso, material sexualmente explícito, autolesiones y conductas de riesgo.
Asimismo, las plataformas deberán retirar de inmediato perfiles que inciten a la violencia, clasificar sus catálogos por rango de edad, verificar a las personas usuarias, integrar herramientas de supervisión parental accesibles y habilitar canales para denunciar contenidos dañinos.
Sin embargo, para los padres que batallan a diario con el uso de las pantallas por parte de sus hijos y para los directivos y docentes que atienden las consecuencias del ciberacoso en los salones de clase, el debate está en entender si estas medidas serán suficientes para garantizar la seguridad en el mundo digital.
Bajo este nuevo principio legal, las cuentas creadas por los menores de edad en el país ya no deberán ser públicas por defecto, ni sus perfiles sugeridos a desconocidos, ni sus casillas de mensajes abiertas a cualquier usuario adulto. La intención es establecer una barrera preventiva para que el contenido de riesgo no llegue a su pantalla como una recomendación automática del sistema.
Pero el gran reto para que este mandato se cumpla radica en la tecnología misma. Comprobar la edad de quien está del otro lado sin convertir el proceso en una aduana biométrica es un dilema no resuelto; porque solicitar una identificación o escaneo facial para abrir una aplicación implica entregar datos personales sensibles de millones de niñas y niños a las empresas.
La protección de la infancia en la red no puede construirse a costa de regalar su privacidad, por ello, el reto de las plataformas tecnológicas es implementar mecanismos de estimación anónima y validación indirecta que no vulneren aún más a los usuarios.
Por otro lado, existe el riesgo latente del exceso. Si los filtros que imponen las apps se vuelven demasiado rígidos para evitar sanciones de la autoridad, los algoritmos terminarán bloqueando contenidos legítimos o discusiones esenciales sobre temas como la salud, el aprendizaje y la expresión que también pertenecen a los jóvenes.
Es así que proteger a la infancia y adolescencia exige precisión: sancionar los algoritmos adictivos y el acoso sin caer en barreras automatizadas que restrinjan su derecho a explorar el mundo digital con seguridad.
Ningún software de control parental instala de manera automática la madurez ni el criterio. Aunque las herramientas de supervisión ayudan a establecer límites de tiempo y restringir contactos, no reemplazan el diálogo en el hogar ni la educación digital en las aulas.
Una aplicación puede bloquear un video a las diez de la noche, pero no enseña a un adolescente a reaccionar ante el ciberacoso ni a entender la huella emocional que deja una foto compartida sin consentimiento.
La vigilancia de este cumplimiento queda en manos de la Agencia de Transformación Digital, que cuenta con un periodo de ajuste para verificar que las empresas adecuen sus plataformas. Con ello el Estado establece un estándar de supervisión obligatoria.
Pero al final, las plataformas cederán hasta donde la regulación las obligue y la tecnología se lo permita.
La brecha entre un menor vulnerable y uno protegido no la cierra un algoritmo ni una notificación del sistema, la determina la capacidad de los adultos para sostener la mirada, escuchar lo que pasa del otro lado de la pantalla, dialogar y enseñar a los niños y adolescentes que la vida real, autentica y plena, sigue ocurriendo fuera de las pantallas.
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