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ACAPULCO, Gro., 22 de mayo de 2018.- Valentina Rosendo Cantú, una indígena me’phaa, quien fue atacada sexualmente por dos militares cuando tenía 17 años, aún sigue buscando justicia tras 16 años de su caso; en los próximos días, el Juzgado Séptimo de Distrito en Guerrero emitirá una sentencia de primera instancia relativa a la presunta responsabilidad de los efectivos.
En un comunicado el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional y el Centro de Derechos Humanos de La Montaña Tlachinollan, representantes de Rosendo Cantú, expresaron que “los perpetradores son clave para su acceso a la justicia”, ante lo cual consideraron que no será hasta que se cuente con sentencias firmes, que las reparaciones en materia de justicia se considerarán como cumplidas.
Señalaron que el caso de Valentina, ocurrido en Barranca Bejuco, municipio de Acatepec, es paradigmático a nivel nacional e internacional, pues sentó precedentes para el desarrollo del término “tortura sexual” y “violencia institucional castrense”.
Afirmaron que la mujer indígena “se ha convertido en un referente en la defensa de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y de la lucha contra la tortura sexual”, ya que organizaciones nacionales e internacionales, así como tribunales de otros países toman como referente su caso para exigir la garantía de estos derechos para todas las mujeres.
Consideraron que la sentencia que emita el Juzgado podría materializar la larga búsqueda de justicia que Valentina Rosendo mantiene desde 2002 enfrentando amenazas, hostigamiento y agresiones. “Es una oportunidad histórica, pues se trata del primer caso de tortura sexual cometido por elementos del Ejército que, posterior a la sentencia del Tribunal Interamericano, está a punto de resolverse en el fuero civil y bajo un encuadre de los delitos correctos: violación y tortura”.
A su vez, explicaron, que la jueza de primera instancia tiene la oportunidad de aplicar los estándares emitidos por la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sobre cómo juzgar estos casos con perspectiva de género y etnicidad, estableciendo un precedente a nivel nacional.
Agregaron que además, la resolución del proceso, llega en un momento clave en el que se discute la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la participación del Ejército en actividades de seguridad pública, regulada en la Ley de Seguridad Interior.