Repara CAPASEG subcolector sanitario afectado por John en Acapulco
CIUDAD DE MÉXICO, 20 de septiembre de 2019.- El ombudsperson nacional, Luis Raúl González Pérez, afirmó que las pruebas obtenidas bajo tortura no pueden ser aceptadas o consideradas válidas bajo ningún concepto.
Sin embargo, si una persona fue torturada por las autoridades no es causa que elimine, exima o dispense las responsabilidades en que incurrió por los delitos cometidos, al acreditarse con otras evidencias no contaminadas por dicho acto reprobable de tortura.
Si dentro de una investigación se determina la invalidez de una prueba o información obtenida mediante tortura, no puede implicar que todas las demás pruebas válidas y lícitas se desechen.
Tras expresar la importancia de que todo acto de tortura sea debidamente investigado y sancionado, explicó que en nuestro país un caso de suma gravedad y relevancia es la desaparición de 43 jóvenes normalistas de Ayotzinapa.