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MÉXICO, DF, 10 de octubre de 2014.- El amparo concedido al edil de Iguala, José Luis Abarca, no surtirá efecto por tratarse de delitos considerados como graves, aseguró el Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia de Penal.
Según lo publicado en La Voz de Michoacán con información de Notimex, el Juzgado con sede en el Distrito Federal recordó que el 6 de octubre de 2014, Abarca promovió demanda de amparo contra actos de autoridades estatales, federales y jurisdiccionales, señalando como actos reclamados órdenes de localización y/o búsqueda, presentación, detención, arraigo, aprehensión y su ejecución.
La autoridad jurisdiccional admitió la demanda a trámite y concedió la suspensión provisional cuyos efectos, exclusivamente, son para que el quejoso no sea privado de su libertad, con motivo de las órdenes reclamadas, hasta en tanto se resuelva en definitiva el amparo, subrayó.
Sin embargo, insistió en que la medida a favor de Abarca, relacionado con la desaparición de 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, no surte efecto si las mencionadas órdenes reclamadas se refieren a delitos considerados como graves.
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