Hieren a golpes a un hombre en plena Costera de Acapulco
CHILPANCINGO, Gro., 11 agosto 2015).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la norma de Campeche que impedía la adopción de niños a parejas en sociedad de convivencia, figura usada por parejas homosexuales y heterosexuales, informó Reforma.
Por nueve votos a favor y uno en contra, el pleno del máximo Tribunal declaró inconstitucional la totalidad del Artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del Estado, que también prohibía compartir la patria potestad de los hijos a este tipo de asociación.
Los argumentos coincidentes entre los ministros que invalidaron la disposición indican que la prohibición resultaba violatoria del interés superior del menor y afectaba la integración de la familia.
Sigue la nota aquí