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CIUDAD DE MÉXICO, 11 de diciembre de 2018.- La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a los artículos 22 y 73 para ampliar el número de ilícitos para aplicar la Extinción de Dominio, es decir, se incorporan el robo de hidrocarburo mejor conocido como huachicoleo, así como la corrupción y delincuencia organizada.
El dictamen, que se avaló por 28 votos a favor y dos abstenciones, refiere que la acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público, a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal; explica que las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función.
Asimismo, señala que la ley establecerá los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización, atendiendo al interés público, y defina con criterios de oportunidad y, en su caso, la destrucción de los mismos.
Queda claramente especificado que, se aplicará la extinción de dominio sobre bienes de carácter patrimonial de los cuales no se pueda acreditar su procedencia legitima y, además, estén relacionados con investigaciones en materia de corrupción, encubrimiento, faltas cometidas por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.
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