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ACAPULCO, Gro., 28 de junio de 2018.- Ciudad de México está a sólo unos días de celebrar sus primeras elecciones como una entidad autónoma, con una constitución propia. Por primera vez sus habitantes elegirán a 16 alcaldes en lugar de delegados, además de diputados locales, ya no asambleístas. Y en la estructura de las alcaldías aparecerán los concejales.
Fue apenas hace 21 años, en 1997, que los chilangos pudieron elegir por primera vez a su Jefe de Gobierno, que en ese momento fue Cuauhtémoc Cárdenas, del Partido de la Revolución Democrática. Antes de ese momento, entre 1928 y 1997 la ciudad era dirigida por un Jefe de Departamento, conocido como regente, elegido por el Presidente de la República, quien a su vez escogía directamente a los 16 delegados.
Los 16 alcaldes que este año resulten electos tendrán mayores facultades de gobierno (decidirán sobre el presupuesto, la seguridad pública, las obras públicas, entre otras), y contarán con concejales que servirán como un equipo de trabajo colegiado que supervisará y evaluará sus acciones. Esta estructura intermedia facilitará que la sociedad civil exija, con mayor facilidad, respuestas a los problemas locales.
Junto al jefe de Gobierno, los alcaldes conformarán bimestralmente el Cabildo de la Ciudad, que a través de sus sesiones acordará políticas públicas, opinará sobre proyectos de ley y establecerá acuerdos sobre las políticas de la ciudad.
Alcaldes capitalinos
Las 16 delegaciones se transformaron en alcaldías. A la cabeza de su estructura estará un alcalde electo por medio del voto popular para un periodo de tres años, con posibilidad de reelegirse, y un grupo de concejales, que varía entre 10 y 15 por alcaldía, dependiendo de la población, quienes serán elegidos a través de una planilla que acompaña a los candidatos.
El alcalde que resulte electo gobernará con 60% de los concejales que elija, el resto será asignado con base en la cantidad de votos recibidos por los otros partidos políticos.
Los concejales funcionan como un órgano colegiado, cuya función es supervisar y evaluar las acciones de la alcaldía. De acuerdo con Luis Enrique Pereda, profesor del departamento académico de Derecho del ITAM, este órgano no pretende ser contrapeso del alcalde, sino un equipo de trabajo, que vigila la labor de este. Por el otro lado, la nueva constitución de la CDMX establece que ”en ningún caso ejercerán funciones de gobierno y de administración pública”.
Cada una de las alcaldías tendrán autonomía para la toma de decisiones administrativas, presupuestarias, de seguridad, obra pública, entre otras.
Ahora con voz y voto en reformas constitucionales
Al pasar de Asamblea Legislativa a Congreso local, el poder legislativo de Ciudad de México tendrá, por primera vez, voz y voto en las reformas constitucionales, tal y como hacen el resto de las 31 entidades federativas del país.
Anteriormente, la Asamblea del Distrito Federal sólo estaba facultada para legislar sobre aquello que le permitía la constitución federal (administración pública local, civil y penal), a diferencia de los otros 31 estados que podían legislar sobre cualquier aspecto que no fuera exclusivo del Congreso de la Unión.
Los 66 asambleístas ahora serán diputados locales: 33 elegidos por mayoría relativa y 33 por la vía plurinominal.
Nuevas facultades del Jefe de Gobierno
El próximo Jefe de Gobierno tendrá la facultad de designar o destituir a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública capitalina y de la Procuraduría de Justicia de la ciudad.
Además, el Senado de la República perdió la facultad de destituir al Jefe de Gobierno.
Al igual que los gobernadores estatales, el próximo Jefe de Gobierno también podrá promulgar leyes y tendrá que proponer el presupuesto de la ciudad.