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CHILPANCINGO, Gro., 30 de junio de 2018.- A unas horas de la jornada electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio de impugnación interpuesto por Edita Ivón Nava Sánchez, Margarita Bautista de Jesús e Irma Rivera Guevara, y ordenó al Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado de Guerrero (IEPC) que haga ajustes a la planilla postulada por el PRI al ayuntamiento de Mártir de Cuilapan (Apango), para que las actoras sean las candidatas a la alcaldía, la primer regiduría y suplente de esta última.
Lo anterior luego de que Edita Nava Sánchez y María Guadalupe Ángel del Moral se promovieran ambas como candidatas del PRI a presidentas municipales.
De acuerdo con fuentes del PRI de Apango, en la primera planilla se registró a Edita Nava como candidata a alcaldesa y a Pedro Ángel Salazar como aspirante a síndico procurador.
Sin embargo Ángel Salazar y la delegada de Gobierno en la región Centro, Norma Yolanda Armenta Domínguez, operaron para imponer a María Guadalupe Ángel del Moral, hija del candidato a síndico, como aspirante a la alcaldía, y presentaron documentos falsos para acreditar la renuncia de Edita Nava Sánchez.
De acuerdo con el expediente SCM-JDC-839/2018, Nava Sánchez interpuso un juicio para la protección de sus derechos políticos electorales ante el TEPJF, en el cual denunció las anomalías que se suscitaron en el registro de planillas en Apango.
Con fecha del 29 de junio del 2018, la sala superior del TEPJF emitió la sentencia en la que señala que el PRI no pudo acreditar la sustitución de la primera planilla en Apango, según la ley electoral local.
La sentencia, de la cual Quadratín Guerrero tiene copia, dicta que “no puede sostenerse el señalado argumento del Tribunal local por cuanto a que al determinar revocar el acuerdo 122, se canceló totalmente la planilla y listas de regidurías primigenia presentada por el PRI, pues las consideraciones que sustentaron su revocación se centraron en verificar única y exclusivamente la legalidad del plazo que se concedió al partido para sustituir candidaturas pero no respecto al registro de las actoras, por tanto, se insiste que no hay base jurídica para establecer que estas no prevalecían”.
A partir de lo anterior, “se ordena al Consejo General del Instituto local que, en sesión que celebre previo al inicio de la Jornada Electoral apruebe los ajustes a la planilla postulada por el PRI al ayuntamiento de Mártir de Cuilapan, Guerrero, esto es, registrando a las Actoras en las candidaturas acorde a lo aprobado en el acuerdo 083/SE/20-04-2018”.
El Tribunal ordenó dar cumplimiento a la sentencia en un plazo no mayor a veinticuatro horas después de la emisión del fallo.